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¿Cómo obtener créditos a mejores tasas con el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca?
-En el actual contexto económico que atraviesan las Pymes: dificultad para el acceso al crédito, altas tasas de financiación, requisitos rigurosos y corte de la cadena de pagos, creemos conveniente recordar ésta herramienta existente en nuestro país desde el año 1995.
Para todos aquellos que tengan un emprendimiento o una Pyme, está a disposición éste instrumento que permite entre otros beneficios:
- mejorar sus garantías para la obtención de préstamos bancarios, descuentos de cheques y operaciones comerciales entre empresas,
- realizar proyectos de inversión o capital de trabajo,
- ampliar la capacidad de endeudamiento, reducir costos financieros y mejorar los plazos de financiación.
¿Qué son las SGR?
Son entes cuyo objetivo es otorgar garantías a las Pymes a efectos de reducirles las tasas de financiación (por ejemplo ante entidades bancarias).
¿Cuáles son requisitos para contar con el aval de una SGR?
Si bien cada SGR está facultada para establecer sus propios requisitos, en líneas generales podemos adelantarles que solicitan:
- Últimos Estados Contables
- Manifestación de bienes de los socios
- Detalle de ventas y compras post balance
- Detalle de deuda bancaria y financiera
- Certificado MiPyME
En el siguiente link está el listado de SGR habilitadas:
https://www.argentina.gob.ar/obtener-garantias-para-el-acceso-creditos
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Impuesto a la renta financiera: vigente desde el 1° de enero de 2018.
-En la reforma tributaria sancionada por el Congreso a fines de diciembre de 2017 se creó este nuevo tributo, que en resumidas cuentas es la extensión del impuesto a las ganancias a todas aquellas rentas de origen financiero que obtengan las personas humanas, las que hasta el 31 de diciembre de 2017 gozaron del beneficio de estar exentas.
Ya transcurrido buena parte del año 2018, y aún sin contar con la reglamentación por parte del poder ejecutivo nacional sobre cómo y cuándo se deberá pagar, las personas humanas han ido obteniendo este tipo de ganancias y se han generado “impuestos a pagar”, los que posiblemente muchos desconozcan o bien no hayan cuantificado aún para considerar en su planificación financiera.
¿Cuáles son las rentas de origen financiero que ahora pagarán impuesto?
- Intereses de:
- Plazo fijo
- Títulos públicos (incluidos lebacs y letes, entre otros)
- Obligaciones negociables
- Fondos comunes de inversión
- Resultado por venta de:
- Títulos públicos (incluidos lebacs y letes, entre otros)
- Obligaciones negociables
- Fondos comunes de inversión
- Acciones y participaciones societarias, que no coticen en mercados de valores o bolsas locales
- Monedas digitales
- ADRs
¿Quedó algo exento?
Sí, únicamente acciones que coticen en bolsas o mercados locales, incluyéndose en este beneficio a los CEDEARs y CEVAs.
¿Cómo se calcula el impuesto?
A la totalidad de rentas financieras obtenidas por el contribuyente en el año se le restará una deducción especial (para 2018 es $ 66.917,91) y los costos de adquisición y gastos vinculados con las mismas.
Al resultado obtenido se le aplicarán las alícuotas del 5,00% o 15,00%, dependiendo de si se trata de renta en pesos argentinos o en moneda extranjera, respectivamente.
De esta forma, por ejemplo, un empleado en relación de dependencia cuya única renta financiera en 2018 fueron $ 100.000.- de intereses por Lebacs, deberá abonar al fisco $ 1.654,10 adicionales a lo que mensualmente le retiene su empleador en el recibo de sueldo.
- Intereses de:
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Monotributistas: obligatoriedad del uso de factura electrónica.
-Desde el próximo lunes 1° de octubre comienza el cronograma, establecido por
AFIP, de inclusión de todo el universo monotributista en el régimen de emisión
electrónica de comprobantes:
– Categoría E: desde 1° de octubre de 2018
– Categoría D: desde 1° de diciembre de 2018
– Categoría C: desde 1° de febrero de 2019
– Categoría B: desde 1° de marzo de 2019
– Categoría A: desde 1° de abril de 2019
La única excepción será para las operaciones que se realicen con
consumidores finales, para tales casos la obligación regirá a partir del 1° de
abril de 2019, independientemente de la categoría en la que se encuentre el
contribuyente.
Cabe recordar que actualmente ya están alcanzadas por esta obligación las
categorías F a K. -

Costos ocultos
-Las pymes argentinas, con los recursos humanos y económicos muchas veces al límite, justos y sin mucho margen de maniobra para hacer cambios fuertes, deben tener una visión amplia de la estructura de costos, y cuando decimos amplia, nos referimos a estar siempre alerta a los nunca deseados costos ocultos. Identificarlos a tiempo y eliminarlos cuando sea oportuno, puede cambiar la ecuación y mejorar la rentabilidad, que, como ya sabemos viene golpeada por la inflación, la demanda contraída, la presión tributaria y la elevada y muchas veces desleal competencia.
Según estadísticas se calcula que entre el 15 y el 40% de la capacidad de las empresas está relacionada con retrabajos y productos o servicios defectuosos. Lo que termina pasando en la práctica cotidiana, es que muchos de estos costos no son registrados en la contabilidad de las empresas por diversos factores, pero sobre todo porque es difícil calcularlos o estimarlos.
Según la metodología japonesa de Lean Manufacturing, los costos ocultos más comunes se agrupan en 8 categorías:
- Defectos y retrabajos: Se produce por no haber realizado un proceso correctamente o por haber generado un producto defectuoso. Efecto: se pierde tiempo, material y hasta se puede perder al cliente.
- Sobreproducción: Producir más de lo que se va a vender. Efecto: Inventario de productos muertos y capacidad no aprovechada para producir un producto que tenga más ventas.
- Espera: Empleados esperando que lleguen clientes. Efecto: pérdida de dinero.
- Transporte: Es una de las pérdidas más comunes de tiempo, esfuerzo y dinero que el cliente no valora porque ocurre dentro de la empresa y no mejora la calidad del producto final.
- Inventario: Comprar más de lo necesario o bien no planificar stocks.
- Movimiento del personal: Mala organización de procesos o elementos lejos del alcance de los empleados (ejemplo clásico el de la impresora)
- Exceso de procesamiento: No agregar pasos, tareas o insumos a procesos que suman valor para el cliente.
- No escuchar a los empleados: El recurso humano no aprovechado también es un costo. Los empleados saben cómo mejorar la operación, pero si no los escuchamos cuando proponen ideas, nunca lo vamos a saber.
Te proponemos enfocarte en costos ocultos, porque, aunque no los veas o percibas, están ahí…
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¿Sabés qué es el punto de equilibrio y para qué se utiliza?
-Cuando hablamos de punto de equilibrio nos referimos a una de las herramientas más potentes para toma de decisiones que todo emprendedor debería conocer. Se trata ni más ni menos del nivel de actividad o la cantidad de ventas que la compañía debería lograr, para no perder dinero.
También conocido como “punto muerto” o “costo de abrir la empresa”, se lo define como aquel punto donde los ingresos producidos por las ventas igualan a los costos totales de la empresa. Su denominación comienza con la palabra “punto” ya que, al graficar los costos e ingresos en un eje cartesiano, se lo encuentra en el “punto de intersección” entre ambos conceptos, como mostramos a continuación.
Se lo utiliza para:
- Conocer el punto a partir del cual se comienza a ganar dinero
- Para tener una aproximación a la medida del riesgo que el emprendimiento enfrenta
- Para evaluar una estrategia que impacte en las ganancias que la empresa genera
Es muy importante saber que se lo puede calcular tanto en unidades físicas como en unidades monetarias y que además su cálculo puede realizarse aun cuando la empresa comercializa más de un producto, utilizando en este último caso, márgenes de contribución ponderados.
¿Conoces el punto de equilibrio de tu Pyme?
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Una deducción en Ganancias poco conocida: aportes a las Sociedades de Garantía Recíproca
-Tanto personas humanas como sociedades pueden beneficiarse, pagando un menor impuesto a las ganancias o con una retención menor por parte su empleador, realizando aportes a las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR).
¿Qué son las SGR?
Son entes cuyo objetivo es otorgar garantías a las Pymes a efectos de reducirles las tasas de financiación (por ejemplo ante entidades bancarias).
Está formada por los socios partícipes (Pymes) y los socios protectores, éstos últimos son quienes realizan los aportes al fondo de riesgo que sirve de garantía.
¿Cuáles son los beneficios de ser un socio protector de una SGR?
- Deducción del 100% del aporte en el impuesto a las ganancias.
- Rentabilidad sobre el aporte, que en los últimos años fue similar a la de un plazo fijo en pesos.
¿Cuáles son los requisitos para que proceda la deducción?
- Mantener el aporte por al menos dos años. Luego puede retirarse y volver a aportarse obteniendo así una nueva deducción en el impuesto a las ganancias.
- La SGR debe mantener garantías por el 80% del fondo de riesgo.
En el siguiente link está el listado de SGR habilitadas y tabla de rentabilidad:
https://www.argentina.gob.ar/obtener-garantias-para-el-acceso-creditos
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¿Existirá acuerdo para eliminar el impuesto sobre los ingresos brutos?
-La respuesta, sabiendo que hoy en día constituye el 75% de los ingresos propios de las provincias, nos lleva a un NO, pero veamos un poco de qué se trata este tributo.
Es un impuesto provincial que data del año 1948 y que grava el “consumo” como manifestación de capacidad contributiva, integra el precio del producto y se traslada hacia adelante a las siguientes etapas de la cadena de producción y comercialización.
Básicamente grava ejercicio habitual y a título oneroso del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, locaciones de bienes, obras y servicios o de cualquier otra actividad a título oneroso, cualquiera sea el resultado obtenido y la naturaleza del sujeto que la preste. Pareciera que nada queda fuera de su ámbito de imposición.
La cuestión neural son los problemas que ocasiona desde hace ya varias décadas:
- Efecto “piramidación” y “cascada” (Determinadas porciones del precio de un bien o servicio ya han sido impuestas en numerosas etapas anteriores, cuyo efecto final dependerá de la cantidad de ellas que hayan transitado)
- Su sesgo proimportador (para similar etapa de la actividad económica, los bienes producidos en el país ya contienen en su precio el impuesto acumulado de las etapas anteriores, mientras que los bienes importados ingresan al país libres de él)
- Su sesgo antiexportador (como el Impuesto va por dentro del precio, no puede conocerse la exacta incidencia del mismo en el precio del bien exportado)
Más críticas. Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) manifiestan: “Estamos convencidos de que es un impuesto pésimo y tenemos que ponernos a trabajar para cambiarlo. Hasta ahora lo único que se logró es eximir en parte o totalmente a la actividad primaria pero lo demás no. Sistemáticamente las provincias aumentaron su alícuota de Ingresos Brutos. Encima, con los regímenes de retenciones y percepciones, hay provincias que tienen recaudados tres meses por adelantado. Hay saldos a favor que nunca vamos a recuperar. Eso no tendría que pasar en un país justo y federal.
Por su parte, el coordinador del Foro de Convergencia Empresarial destacó que “La rentabilidad en sectores como la salud viene bajando y está en el orden del 1% o 2%. En ese contexto, Ingresos Brutos en Capital Federal es del 1,5% y en Provincia de Buenos Aires, del 5,5%, eliminando directamente la rentabilidad”.
Si bien existen voces oficiales en pos de la eliminación o sustitución de este gravamen por otro sin tantos efectos distorsivos, entendemos que todavía no están dadas las condiciones de acuerdo entre Nación y Provincias para lograr este reemplazo tan solicitado por las empresas argentinas.
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Lo que viene en materia de simplificación tributaria y laboral
-A raíz de cambios en algunas normas, indicios y comentarios de especialistas, les acercamos las principales modificaciones de aspectos que hace años están estáticos.
Monotributo unificado:
A través de dos resoluciones conjuntas, la AFIP y el Ministerio de Finanzas de Córdoba, implementarán a partir de este mes, el cobro unificado del Régimen Simplificado Nacional, y de los tributos provinciales y municipales de esa jurisdicción bajo un mismo sistema de credencial y trámite de pago. La idea es extender este mecanismo de cobro conjunto firmándose convenios con otras provincias.
Libro de sueldos digital:
Antes, los contribuyentes debían cumplir con al menos tres obligaciones:
- Liquidar los sueldos.
- Confeccionar el ‘Libro de sueldos y jornales’.
- Generar el F.931 por aportes y contribuciones de la nómina salarial para presentar en AFIP.
Ahora, el Sistema “Libro de Sueldos Digital” sólo requerirá del contribuyente, un único ingreso de datos, al llevar a cabo su liquidación de haberes. A partir de allí, el nuevo Sistema captura las altas y bajas de empleados, para generar las ‘Hojas móviles del Libro de Sueldos y Jornales’ y la ‘DDJJ F-931’.
Eliminación de las facturas impresas (papel):
También la AFIP ha informado que los sujetos adheridos al Monotributo no podrán emitir más facturas en papel a partir del 1° de octubre de 2018, con la única excepción de los adheridos al Monotributo social. Asimismo, tampoco podrán emitir facturas en papel los responsables que se inscriban en IVA desde el 1° de agosto de 2018.
Libro IVA digital:
Se está avanzando en la implementación del subdiario de IVA digital, el que se preparará automáticamente con la base de datos de todas las facturas electrónicas, determinando las ventas y compras de cada contribuyente y así llegar al IVA preliquidado por el fisco (AFIP).
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Índice de endeudamiento total o apalancamiento de una compañía
-Robert Kiyosaki, famoso empresario, inversionista, escritor y orador motivacional estadounidense, suele referirse a los estados contables o estados financieros como el boletín de calificaciones que las compañías someten a consideración de las entidades financieras.
El análisis de estados financieros es el arte de traducir los datos de los estados financieros en información que sirva para tomar decisiones informadas.
Justamente, en el momento en que “el balance” (como se lo conoce en la jerga) llega al análisis del Banco hay un índice que tiene un gran peso en la evaluación crediticia que harán de esa empresa y nos referimos puntualmente al índice de endeudamiento total, también conocido como apalancamiento.
La fórmula para calcularlo resulta bastante sencilla y consiste en una división:
Total del Pasivo
___________________________
Total del Patrimonio neto
Lo que hay que tener presente es que cuanto más alto sea el cociente entre estas dos cifras, menos solvente será la sociedad.
Por último, recomendamos además que el análisis de estados financieros sea acompañado por información de la gestión interna de cada empresa para así poder hacer mediciones (gran déficit de las pymes argentinas) útiles para una adecuada toma de decisiones patrimoniales, económicas, comerciales y financieras.
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Autónomos. Nuevos importes mensuales.
-Les informamos los nuevos valores de las cuotas mensuales de autónomos, vigentes a partir del período 06/2018, cuyo vencimiento será en el mes de 07/2018:
Tabla I – Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. Menores o iguales a $ 15.000 III $ 3.003,84 Mayores a $ 15.000 y menores o iguales a $ 30.000 IV $ 4.806,14 Mayores a $ 30.000 V $ 6.608,44 Tabla II – Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios Menores o iguales a $ 20.000 I $ 1.501,92 Mayores a $ 20.000 II $ 2.102,68 Tabla III – Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores Menores o iguales a $ 25.000 I $ 1.501,92 Mayores a $ 25.000 II $ 2.102,68 Tabla IV – Afiliaciones voluntarias Sin limitación I $ 1.501,92 Menores de 21 años Sin limitación I $ 1.501,92 Jubilados por la Ley 24.241 Sin limitación I $ 1.267,25 Amas de casa – Ley 24.828 Sin limitación I $ 516,29









